A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Pardo Medina Fidelino Y Moreno Suárez Hermes Heladio·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Resolución de causas a través de la concesión de beneficios propios del sistema de justicia transicional
- Competencia prevalente por hechos ocurridos en el marco del conflicto armado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barrancabermeja.
La controversia entre los precitados despachos tiene fundamento en el proceso adelantado en contra de miembros de la Fuerza Pública por hechos relacionados con la muerte de un ciudadano en una operación realizada contra varios civiles que, al parecer, estaban sustrayendo combustible de una válvula de la petrolera ECOPETROL.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones y de analizar el tema de la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz en materia de Agentes del Estado Integrantes de la Fuerza Pública, concluyó la Corte que la a JEP, por conducto de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, es la autoridad competente para resolver sobre la situación jurídica de los procesados.
Se declaró que: (i) el Juzgado Tercero Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Barrancabermeja carecía de competencia absoluta para proferir la sentencia en la causa judicial mencionada, (ii) corresponde a la Jurisdicción Especial para la Paz el conocimiento de la situación jurídica de los procesados en dicho trámite penal.
Con base en lo anterior se dispuso, declarar la nulidad del fallo del Juzgado Penal precitado y remitir el expediente a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz para los asuntos de su competencia y para que comunique esta decisión a los procesados, así como al otro operador jurídico involucrado y demás partes en el trámite penal.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Jurisdicción Especial para la Paz, por conducto de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, y el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barrancabermeja en el sentido de DECLARAR que:
- (i) El Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Barrancabermeja carecía de competencia absoluta para proferir la sentencia con fecha del 19 de agosto de 2019, con ocasión de la causa judicial de la referencia.
- (ii) Corresponde a la Jurisdicción Especial para la Paz el conocimiento de la situación jurídica de los procesados en el trámite penal de la referencia, en virtud de la Resolución 3077 del 25 de junio de 2019 y el Acto Legislativo 01 de 2017.
- Segundo. DECLARAR la nulidad de la sentencia proferida el 19 de agosto de 2019 proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barrancabermeja con fundamento en las consideraciones de esta providencia.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-066 a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, para los asuntos de su competencia.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR la presente decisión los señores Hermes Heladio Moreno Suarez y Fidelino Pardo Medina y al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barrancabermeja, así como a las demás partes en el trámite penal de la referencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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